23.3.09

DIALOGO CONCILIADOR, SIN PRESIONES DE PARTE.

El talante conciliador con que ha accedido al cargo Francisco Caamacho, pero también una posición más constructiva por parte de los colectivos profesionales; y en particular, por los dos -Francisco de Vitoria y Foro Judicial Independiente- que se sumaron al movimiento de los jueces no afiliados para promover la inédita huelga del 18 de febrero. La sombra de esa iniciativa y, sobre todo, la advertencia -ésta avalada por todas las asociaciones- de que se convocará un nuevo paro el 26 de junio si no media un acuerdo dificulta el empeño de Caamaño de poner el contador de las negociaciones ”a cero'”, aunque el mismo ayude a encauzar las conversaciones a un terreno menos crispado.

Porque mientras el resultado de la primera huelga, secundada por un notable número de jueces a pesar de carecer de amparo legal, se proyecte en forma de amenaza de ir a una segunda dentro de tres meses será muy difícil discernir qué reclamaciones del colectivo pueden aceptarse porque son razonables y necesarias y cuáles pueden responder a una presión que debe cesar en los términos planteados.

Esta exigencia compete tanto a las dos asociaciones antes citadas como a los jueces que han optado por canalizar un malestar que podría resultar comprensible por vías no siempre ajustadas al singular carácter de su función pública. Pero también a la APM y a Jueces para la Democracia, que aun cuando no compartieran ni los fundamentos ni el impulso a la huelga, no han terminado de deslegitimarla como instrumento de protesta.

Por su parte, la disposición mostrada por Caamaño para elevar este año a 220 las nuevas plazas para jueces y para modificar el proyecto de reforma de la Ley Procesal, a fin de que la jefatura de la oficina judicial que asumirán los secretarios no incluya el señalamiento de juicios, ofrece un marco inicial para el entendimiento que, no obstante, no puede soslayar los problemas de fondo a los que refieren ambas medidas. Primero, la insuficiencia de medios que arrastra la Justicia  y su incapacidad consiguiente para acabar con un riesgo de parálisis endémico; y después, la necesidad de que la reforma legal prevista concilie la labor, pero también las responsabilidades, de quienes intervienen en la Administración de Justicia.

 

Fidel Campo Sánchez