La detención en la localidad cordobesa de Baena de cinco menores y un joven de 22 años acusados de haber violado a una menor de 13 a plena luz del día, después de haberla amenazado con la difusión de un vídeo en la que la chica mantenía relaciones sexuales con uno de los adolescentes, remite a unos hechos espeluznantes, a los que es muy difícil aproximarse de manera racional. A la espera del resultado de las investigaciones y de cómo se sustancien, la brutalidad de la agresión, el terrorífico sentido de la impunidad con que se habría cometido, la temprana edad de sus protagonistas y el cariz de la coacción con que obligaron a la víctima a ceder a sus propósitos proyectan un comportamiento carente de toda moral, empatía o compasión. Un abuso de poder extremo y gremial, en el que tanto la grabación de las escenas que podían comprometer a la chica, como el modo en que su ex novio la convenció para que le acompañara a un patio donde aguardaban los demás y el desenlace final describen un desprecio sin límite hacia la condición femenina de la adolescente, considerada un mero objeto del que apropiarse y al que destruir en lo más íntimo.
Es obvio que, si se confirma el relato de lo ocurrido realizado por la víctima, los presuntos culpables presentan una patológica y excepcional desviación de la conducta. Pero el machismo prematuro puede arraigar en una violencia soterrada que termine por explotar si no se detecta y erradica; algo que también empieza a hacerse presente de manera muy preocupante en la banalización del mal que acompaña los cada vez más frecuentes casos en los que la grabación de imágenes se utiliza como instrumento de humillación y amedrentamiento del que es diferente. La distinta edad de los detenidos ha hecho que el mayor ingrese en prisión, que tres de los adolescentes hayan sido recluidos en distintos centros de menores de Andalucía y que los otros dos -uno de la edad de la víctima y otro aquejado de una deficiencia psíquica- hayan quedado en libertad al no poder ser imputados. En España, la edad penal está fijada en los 14 años, el límite que se estima razonable para considerar que el menor puede ser tan consciente de sus actos como para responsabilizarse de los mismos. Pero esta prevención garantista y, en general, las que modulan la respuesta punitiva contra los delitos cometidos por menores deben conciliarse con el derecho de las víctimas a ser resarcidas y la obligación de prevenir la reincidencia, especialmente en los casos más sangrantes. Esa ley, sin que haya que recurrir a medidas extremas, como la cadena perpetua o la pena de muerte nos indica que algo falla en esa ley del menor que, sin duda, debe ser actualidad con endurecimiento de penas.
Fidel Campo Sánchez